De acuerdo a José Gregorio Meignen, la Ordenanza para la Gestión y Manejo Integral de la Recolección y Tratamiento de Residuos y Desechos Sólidos aprobada por la Cámara Municipal de Caroní, establece el precio del servicio o tasa en moneda extranjera que, además, concede al operador o concesionario (en este caso Fospuca) la fijación de dicha tarifa en base a los metros cuadrados del establecimientos.
Agregó que, entre las violaciones, no se distingue si la empresa está en funcionamiento o no.
Aseveró que todos estos basamentos violan los artículos 8, 13, 47.1, 49, 49.1 y 49.2 de la Locaptem; y a su vez los artículos 317 de la Constitución y el 3 del Código Orgánico Tributario.
Éstas leyes establecen que el cobro deberá hacerse bajo figura de tasa, impuesto o tributo; que a su vez deben fijarse dependiendo de la cantidad de suscriptores servidos, capacidad generada, tipo y características, volumen o masa de residuos y zonificación.
En ese sentido, extienden un llamado a la vicepresidenta Delcy Rodríguez, quien también dirige el Ministerio de Finanzas y Comercio Exterior y el Consejo Superior de Armonización Tributaria Nacional para que se haga una intervención, revisión y correctivos, tomando en cuenta que la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios (Locaptem) fue aprobada por la Asamblea Nacional.
«En su despacho ministerial reposa comunicación con más de 800 formas de respaldo, recibida el 12 de marzo de este año con toda la problemática surgida en perjuicio y detrimento de los comerciantes, empresarios, industriales y colectividad Guayanesa», señaló el abogado.
Finalmente, hizo mención al artículo 22 de la Locaptem que expone «toda Ordenanza Municipal contraria a la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización Tributaria de los Estados y Municipios sería nula».